Donde conseguir asesoramiento y apoyo para VIH +

Algunas personas no conocemos nuestros propios derechos como ciudadan@s, ni tampoco los mecanismos que están a nuestra disposición para ejercerlos.

Para llevarlo a cabo, se ha creado el Programa Orientadores en Derechos Civiles (OND) y se ha formado un equipo de orientadores cuya funciones son:

  1. Recoger y detectar posibles situaciones de discriminación y vulneración de derechos.

  2. Dar a conocer la OND y los derechos de las personas.

  3. Acompañar, en su caso, a aquella persona que quisiera presentar una queja o denuncia por trato discriminatorio.

  4. Dar a conocer nuestros derechos.

  5. Asesoramiento sobre posibles acciones legales.

 

Puedes denunciar situaciones de discriminación ejercida por particulares/empresas o por la administración

El programa esta siendo llevado a cabo por las siguientes ONGs y OG, puedes ponerte en contacto en las siguientes direcciones:

  • Àmbrit Prevenció-DONA/ADHESIÓ. C/ San Rafael, 16. 08001- BARCELONA Tel. 93 317 70 59
  • Comité 1er de Desembre. C/ Gomis, 38, bajos. 08003 BARCELONA Tel. 93 212 40 78
  • Creación Positiva. C/ Sants, 2, 1º,1ª. 08014 BARCELONA Tel. 93 431 45 48
  • OND (Oficina per la No Discriminación de Barcelona) Sitio Web: http://www.bcn.es/
  • Regidora de dona i Drets civils C/ Nou de Sant Frances, 208002, BARCELONA. Apartado de correos 803 (08080 Barcelona), Sitio web: www.bcn.es/dretscivils , Tel. 93 304 31 18 Fax 93 317 05 51.
  • Para denunciar situaciones ejercidas por la administración:
  • Síndic de Greuges, C/ Anselm Clavé, 31, 08002 BARCELONA, Tel. 93 301 80 75
  • REDVIH, - Grupo de Trabajo sobre Tratamientos del VIH (gTt)
    C/ Avinyó, 44 3ª planta;
    08002 Barcelona (España)
    Tels.: +34 93 208 08 45  +34 93 601 16 17 Móvil: 607 733 411 Consultorio especializado:

    Este es otro recurso disponible, esta en la Web del Observatorio de Derechos Humanos y VIH/SIDA, es el Grupo de Derechos Humanos y VIH/SIDA, grupo surgido de la iniciativa surgida en el seno de Red 2002, una red de individuos y asociaciones dedicadas a la lucha contra el VIH-SIDA ahora llamada Red Comunitaria sobre el VIH/sida del Estado español (REDVIH).

  • UGT Unión General de Trabajadores y sito Web: http://www.ugt.es/<info@cec.ugt.org>

  • CCOO Comisiones Obreras, que en materia de derecho de los trabajadores os pueden asesorar magníficamente sitio Web: http://www.ccoo.es/csccoo/<ccoo@ccoo.es>

Ademas esta información puede ser util:

Abogado de Oficio.

Se designa abogado de oficio siempre que se solicite para un procedimiento en el que es preceptiva la presencia de abogado. El Colegio de Abogados correspondiente designará abogado de oficio, pero eso no significa que su actuación vaya a ser necesariamente gratuita para el interesado.

Justicia Gratuita.

Se concede si se demuestra que el solicitante cumple los requisitos legales (aquellas personas físicas cuyos recursos e ingresos económicos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, no superen el doble del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de efectuar la solicitud). Si no los cumple, el solicitante de abogado de oficio estará obligado a abonar los honorarios correspondientes a la actuación del abogado.

Es decir, que se puede solicitar (y obtener) abogado de oficio, pero puede ocurrir que el abogado tenga derecho a cobrar por su actuación.

El derecho a la Justicia Gratuita está regulado en varias disposiciones legales, lo que a veces da lugar a disparidad de criterios e interpretaciones. (Ver el texto de la Ley de asistencia jurídica gratuita ).

La regulación básica de este derecho es la siguiente:

Constitución Española

Artículo 119. La justicia será gratuita cuando así lo disponga la Ley, y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.

Donde solicitar un abogado de oficio (justicia gratuita):

  • Jutjats de familia i d'estat civil

Servei d'Orientació Juridica y Servei de Tramitació de Justicia Gratuita.

C/ Valencia,346-344, BARCELONA